Subas de alquileres en Octubre mediante fórmula para calcular los aumentos.

A partir de octubre, los inquilinos que suscribieron contratos de alquiler en el mismo mes del año anterior enfrentarán un incremento del 115%, lo que podría tener un impacto en las finanzas de los hogares y de aquellos que residen solos. Para calcular el nuevo monto a pagar, se utiliza un índice proporcionado por el Banco Central, conforme a la Ley de Alquileres aprobada en junio de 2020, que sigue vigente mientras se evalúa en el Senado nacional.

Tanto propietarios como inquilinos deben consultar el Índice de Contratos de Locación (ICL) publicado diariamente por el Banco Central para determinar el aumento en los contratos de alquiler. Este índice considera la variación de la inflación según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC y los salarios, basándose en la Remuneración Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

Alejandro Braña, analista del mercado y miembro del Colegio Profesional Inmobiliario (CPI) de Buenos Aires, señaló que “el ICL generalmente se queda rezagado con respecto a la inflación real, ya que los salarios han perdido terreno en los últimos años frente a esta distorsión económica”. Hasta la fecha, el aumento según el ICL nunca alcanzó un nivel tan elevado como el 115%, que establece un nuevo récord. Sin embargo, los acuerdos informales están superando ampliamente este porcentaje.

Actualmente, son pocos los propietarios dispuestos a firmar nuevos contratos con los mismos inquilinos y optan por no volver a alquilar. Como alternativa, proponen extensiones de contrato de 6 o 12 meses o un nuevo contrato.

Para aplicar el ajuste basado en el ICL, se utiliza una fórmula que considera el valor del índice en dos fechas específicas: la del inicio de la última actualización de valores y la fecha en que se aplicará el aumento. El índice se puede consultar en el sitio web oficial del Banco Central y en el portal del Colegio Profesional Inmobiliario (CPI) de Buenos Aires, que ofrece una calculadora en su sitio web.

Según la Ley de Alquileres vigente, el plazo mínimo para los contratos de alquiler de vivienda es de 3 años, y el precio del alquiler se establece como un valor único por períodos mensuales con ajustes anuales. Sin embargo, esta semana podría haber avances en el Congreso nacional si el oficialismo en el Senado aprueba el dictamen que propone mantener acuerdos a tres años con ajustes semestrales, pero no mediante el ICL. Esto contrasta con la propuesta de la oposición aprobada en Diputados, que estipula acuerdos a dos años y ajustes que podrían ser interanuales, semestrales o incluso cuatrimestrales, utilizando otra fórmula que podría incluir el IPC, entre otros índices. Alejandro Bennazar, presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), expresó que “tenemos expectativas de que el Senado aborde la reforma de la ley”, pero advirtió que, de aprobarse el dictamen oficialista, la cuestión volvería a ser debatida en Diputados. En este contexto, se espera que la reforma se aborde bajo la futura administración, ya que la campaña electoral para el 22 de octubre tomará protagonismo la próxima semana y no habrá espacio para nuevas sesiones. Desde el sector inmobiliario, se destaca que la oferta de alquileres a tres años es escasa y que satisfacer la demanda se vuelve cada vez más difícil, especialmente en la Ciudad de Buenos Aires, donde actualmente hay menos de 400 departamentos disponibles para alquiler tradicional.

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