Especificaciones del plan de reembolso del (IVA) aplicado a productos esenciales.

El Gobierno ha oficializado el funcionamiento y los beneficiarios del nuevo programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) denominado “Compre sin IVA”. Este programa se aplicará a partir del próximo lunes y se ha establecido mediante la Resolución 1373/2023 del Ministerio de Economía y la Resolución General 5418/2023 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicadas en el Boletín Oficial.

La normativa encomienda a la AFIP ampliar el grupo de beneficiarios del actual régimen de reintegros establecido en la ley 27.467 y la Resolución General 4.676/2023. Además, se determinará el porcentaje de reintegro y su límite mensual.

Las principales características de este programa son las siguientes:

  • Devolverá el 21% del IVA de los productos de la canasta básica.
  • Tendrá un tope de devolución de $18,800.
  • Estará dirigido a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, así como jubilados, pensionados por fallecimiento y beneficiarios de pensiones no contributivas nacionales con un máximo de seis haberes mínimos.
  • Los tope de ingresos para acceder al beneficio serán de $708,000 para trabajadores y $524,758.56 para jubilados.
  • Podrán acceder también personal de casas particulares encuadradas en el régimen especial de la actividad, monotributistas de todas las categorías y beneficiarios de la Tarjeta Alimentar o del Programa Potenciar Trabajo.
  • Quedan excluidos los contribuyentes del Impuesto a los Bienes Personales, a menos que solo lo paguen por la tenencia de una vivienda única, así como los trabajadores autónomos.

Para acceder a este beneficio, se deberán realizar pagos con tarjetas de débito físicas de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito mediante códigos QR. Luego de la transacción, el monto será reintegrado a la cuenta bancaria asociada a la tarjeta en un plazo máximo de 48 horas.

La iniciativa estará disponible en diversos comercios registrados ante la AFIP, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, entre otros.

Este programa se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de este año, aunque el Gobierno presentará un proyecto de ley para reducir de manera permanente la carga tributaria sobre los bienes de la canasta básica. El objetivo es mejorar el ingreso disponible y la capacidad de compra de los sectores más vulnerables, especialmente aquellos que destinan una parte significativa de sus ingresos a bienes de primera necesidad. La medida busca reducir la regresividad del sistema tributario, ya que los impuestos indirectos impactan de manera importante en quienes destinan una mayor proporción de sus ingresos al consumo.

Para implementar este beneficio, la AFIP proporcionará los datos de los beneficiarios a las entidades encargadas de administrar los sistemas de tarjetas de débito en base a la información proporcionada mensualmente por el organismo tributario y la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) hasta el día 25 de cada mes.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *