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En medio de la actual situación económica del país, el Gobierno ha oficializado una medida destinada a beneficiar a los monotributistas, consistente en la prórroga del pago del componente tributario. Esta iniciativa, anunciada previamente por el Ministro de Economía, Sergio Massa, ha sido publicada en el Boletín Oficial y se enfoca en brindar alivio a aquellos monotributistas que se encuentran en las categorías A, B, C y D.
A través de la Resolución General 5411/2023, la AFIP ha establecido la prórroga de los vencimientos para el pago del impuesto integrado, que corresponde al componente impositivo, para los períodos de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, así como enero y febrero de 2024. Esta prórroga se aplica a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que están encuadrados en las categorías A, B, C y D.
De acuerdo con esta medida, los vencimientos deberán realizarse en las siguientes fechas: para el período que abarca septiembre y octubre de 2023, el pago se efectuará el 20 de marzo de 2024. Respecto al ciclo que comprende noviembre y diciembre de 2023, la fecha de vencimiento será el 22 de abril del año siguiente. Finalmente, para el período de enero y febrero de 2024, el pago deberá realizarse el 20 de mayo de 2024.
La documentación también especifica que las personas afectadas por esta medida solo deberán abonar las cotizaciones previsionales y, en su caso, el importe fijo correspondiente al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y la contribución municipal y/o comunal de las provincias que participan en el “Sistema Único Tributario”.
Los sujetos podrán consultar el importe de la cotización previsional a través del ‘Portal Monotributo’ y realizar el pago mensual mediante varias modalidades, como el Volante Electrónico de Pago (VEP), código QR, débito directo en cuenta bancaria, débito automático con tarjeta de crédito, débito en cuenta a través de cajeros automáticos y otras formas de pago electrónico.
Aquellos que efectúen pagos presenciales en entidades bancarias y de pago que no cuenten con los importes actualizados deberán indicar que no les corresponde abonar el componente impositivo, a fin de que la entidad refleje un monto de $0 en dicho apartado.
El comunicado oficial menciona que estas acciones se han tomado en el contexto del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 438 del 30 de agosto de 2023, que busca mejorar los ingresos reales de la población, especialmente en los segmentos con mayor vulnerabilidad social.
Es importante aclarar que el monotributo unifica el componente impositivo (IVA y Ganancias) y el componente previsional (aportes jubilatorios y obra social) en una sola cuota mensual, simplificando el cumplimiento de las obligaciones tributarias. La eximición por 6 meses se aplica exclusivamente al componente tributario.
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