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A partir de este jueves, el gobierno ha implementado un aumento gradual de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono en las naftas y el gasoil. Este cambio se estableció mediante el decreto 107/2023, publicado en el Boletín Oficial, y era esperado tanto por los usuarios de vehículos como por los expendedores de combustibles. Las sucesivas prórrogas de la suspensión de los aumentos generaron una acumulación de cargos estimada entre un 340% y un 370%, según estimaciones de cámaras de estaciones de servicio.
El incremento sobre el precio final de los ajustes suspendidos fue estimado entre el 10% y el 12%, pero se ha optado por un traslado gradual, distribuyendo estos porcentajes entre febrero y mayo. Fuentes del mercado señalan que el aumento impositivo aplicado tiene un impacto de aproximadamente el 4% en el precio final, aunque esta suma fija está sujeta a variaciones según los valores vigentes para cada empresa y las disparidades de impuestos en provincias y municipios.
La comunicación oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a las compañías petroleras, para informar a las expendedoras sobre los cambios, aún está pendiente y se espera que se concrete en el transcurso del día. Además, se prevé un impacto en los precios de adquisición de los biocombustibles desde este jueves, con ajustes del 1,81% para el biodiesel, 15,75% para el bioetanol de maíz y 25,4% para el compuesto con caña de azúcar.
Raúl Castellanos, presidente de la Cámara de Empresarios de Combustibles, aclaró que los incrementos aplicados fueron decisiones de las empresas y no están vinculados al componente impositivo. Argumentó que, en el contexto actual de precios libres, las empresas no necesitan autorización gubernamental para ajustar los precios. Considera que los aumentos impositivos son “irrelevantes” en comparación con las alzas de los combustibles en las últimas semanas.
Una vez que la AFIP comunique los nuevos valores a las petroleras, se aplicarán los incrementos correspondientes al tercer y cuarto trimestres de 2021 y a los cuatro trimestres de 2022. A partir del 1° de marzo se sumarán los cargos del primer y segundo trimestre de 2023, mientras que el tercer trimestre se aplicará al mes siguiente, y el último trimestre iniciará el 1° de mayo.
Los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono son sumas fijas actualizadas trimestralmente según la inflación. Sin embargo, desde el 1° de junio de 2021, se había postergado la aplicación de estos incrementos para evitar su traslado al precio final. La prórroga se extendió sucesivamente hasta el 567 de octubre de 2023, resolviendo finalmente postergar el ajuste hasta este jueves, según lo establecido en el decreto 352/2021. Con el fin de regularizar los incrementos remanentes, se ha decidido diferir parcialmente sus efectos, así como los de la actualización correspondiente al cuarto trimestre calendario de 2023, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, con un cronograma de gradualidad.
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